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  elecciones 2003
24.05.04 l Tema veedores
 

Que queremos de un veedor:

- Una persona que conozca el reglamento.

- En lo preferente que no sea del departamento al que pertenece el concurso.

— Para que no tenga pelos en la lengua hacia los jurados (ya que es menos probable que establezca futuras relaciones con ellos).
— Para que conozca la menor cantidad de postulantes lo cual lo convierta en alguien mas imparcial.

- Que se encargue de ver que los jurados lleven los criterios establecidos:

— se ajusten al reglamento,
— no cometan errores de forma o arbitrariedades.

Creemos que tiene que ser una persona de la que nosotros sepamos que valora la docencia tanto como la investigacion y que respeta el sistema de concursos como mecanismo para acceder a los cargos.

Así, en el caso que haya alguna impugnación por mal manejo del jurado,
sabremos como responder de la mejor manera a esto en la comisión de enseñanza.

No queremos de un veedor:

A una persona que no conozca el reglamento.

- Al amigo/enemigo de alguien.

Las impugnaciones en los concursos es uno de los temas mas difíciles de
tratar en la comisión de enseñanza. Para nosotros esto es un problema del que tenemos que responder de la mejor manera, por eso nos parece
importante tener en el veedor una persona para poder informarnos a todos, que tipos de concursos se están llevando a cabo en nuestra facultad, y poder de esta manera entender cuales son las principales fallas del sistema a nivel global.

Acá nadie quiere negarle el derecho a nadie y no se trata esto de una mera rivalidad de fuerzas, ni esperamos entrar con esto en una chicanería barata de feria. Queremos hacer las cosas en serio aunque nos lleve un tiempo mas.

Y como ya todos saben, aceptamos las sugerencias de todos y esperamos responder las dudas al que se acerque o nos escriba. También pueden acercarse a consultarnos todos los martes de 16 a 20hrs en la Comisión de enseñanza donde trabajamos todas las semanas para tratar de hacer a esta facultad mas... mejor...

 
 

Reglamento de veedores

hay dos reglamentos que hablan de los veedores en los concursos de auxiliares. el primero es el reglamento de docentes auxiliares

ARTICULO 14º. Acompañarán al Jurado en calidad de veedores, con voz, sin voto y con facultad para hacer constar en actas sus comentarios: un representante de cada claustro, designados por los consejeros del claustro respectivo ante el Consejo Directivo, y un representante elegido por los docentes auxiliares del Departamento. Dichos veedores podrán asistir a todas las deliberaciones del Jurado, excepto aquellas en que se establezcan los temas para las pruebas de oposición.

como el reglamento no aclara la manera en que los consejeros de cada claustro designan al veedor que les corresponde, en 2003 se aprobo una reglamentacion adicional que dice

ARTICULO 6º. La designación se realizará mediante el llenado del formulario cito en el Anexo II de la presente resolución. En él deberán figurar los datos del veedor además de la firma de dos consejeros directivos. Estos deberán ser dos de la mayoría o minoría del claustro o uno de mayoría y uno de minoría teniendo preeminencia aquellos designados por consenso entre mayoría y minoría en primer término, los de mayoría en segundo término y los de minoría en tercer término. El mencionado formulario deberá ser provisto a quien lo solicite por la Secretaría del Departamento respectivo o la Secretaría de Consejo Directivo.

estos dos articulos son perfectamente claros y no dejan lugar a dudas de
que solo puede haber un veedor por claustro.

la lista entre todos propone que si un claustro no designa el veedor que le corresponde, entonces otro claustro puede designas un segundo veedor en su lugar. para decir esto se basan en el siguiente articulo del reglamento de veedores que, si bien podria no contradecir esa interpretacion, es de menor rango que el rango reglamentario que el articulo 14 de reglamento de docentes auxiliares previamente citado.

ARTICULO 2º. En los concursos para la provisión de cargos docentes habrá hasta 4 (cuatro) veedores: por el claustro de estudiantes, por el claustro de graduados, por el de profesores y uno en representación de los docentes auxiliares del Departamento.

mientras no se modifiquen estos reglamentos, cada claustro podra proponer un solo veedor y en el caso de que la propuesta de la mayoria sea distinta a la de la minoria tendra preeminencia la de mayoria.

no estamos de dispuetos a apartarnos del reglamento como nos propuso
diana rubel en la charla que dio origen al mail de entre todos. eso podria dar lugar a impugnaciones (habrá un plazo de cinco (5) días para cursar eventuales impugnaciones por defectos de forma y procedimiento, o por manifiesta arbitrariedad). si estamos dispuestos a rediscutir los reglamentos. de hecho falta reglamentar la designacion de los veedores por los auxiliares y la manera en que se notifica al jurado sobre la existencia de veedores.

El reglamento completo puede consultarse acá.

Este espacio fue cedido oficialmente desde la facultad a todas las agrupaciones.