Higiene y Seguridad en la FCEN


Por un nuevo nivel de seguridad

¿Cómo ha sido la situación con respecto a Higiene y Seguridad hasta el presente?

Desde 1990 la FCEN cuenta con un Servicio de Higiene y Seguridad (SHyS) que brinda capacitación y asesoramiento a los miembros de la FCEN. También se encarga de generar y mantener los servicios de seguridad de uso común, como matafuegos, luces de emergencia, alarmas, sistemas de contención de derrames, disposición de agentes químicos, etc. Sin embargo es evidente que el SHyS no puede realizar una detección temprana de las malas prácticas (generadas en su mayoría por ignorancia o desidia) que se desarrollan en la FCEN, porque no cuentan con la información detallada y específica sobre que tareas se realizan en cada laboratorio. En general, aunque hay casos excepcionales, estás malas prácticas no derivan en accidentes graves, sino mas bien en una gran cantidad de incidentes que no son denunciados y que en su conjunto generan liberación de agentes químicos en el interior de los edificios.

¿Cómo será la situación con respecto a Higiene y Seguridad desde el 2004?

Las responsabilidades sobre temas de Higiene y Seguridad siempre están divididas en niveles. El máximo nivel corresponde a la Universidad, que es el empleador. El siguiente nivel corresponde a la Facultad. Como nueva modalidad, a partir de abril del 2004 se establecerá como norma que los usuarios de espacios de la FCEN deberán, en contraprestación al uso de esos espacios, adquirir ciertos compromisos explícitos en los aspectos relacionados con Higiene y Seguridad. En la primera etapa, estos compromisos involucrarán a los laboratorios de investigación y docencia, en los que se desarrollan las actividades potencialmente más riesgosas para sus usuarios y para terceros. El SHyS seguirá prestando los servicios que ha brindado hasta el presente. Durante el segundo cuatrimestre del 2003, el SHyS reforzará su tarea de formación y docencia, y asesorará a los miembros de la FCEN en las dudas que les generen las nuevas condiciones de trabajo a implementarse en el 2004.

¿Qué deberán hacer los laboratorios de investigación para poder trabajar desde el 2004?

En el caso de los laboratorios de investigación, se establece la figura de Investigador Responsable. En la práctica, hoy en día cada laboratorio (o grupo de laboratorios) tiene como máximo responsable un investigador (sin importar su cargo y si tiene cargo docente o de un organismo científico) que es el que usualmente define las líneas y las técnicas de investigación que allí se desarrollan, y que se expresan en general en las solicitudes de subsidios. Durante el segundo semestre del 2003 y hasta el 31 de Marzo de 2004 todos los investigadores responsables deberán completar y presentar al SHyS para su evaluación lo que se ha denominado un "Plan de Protección". Los formularios del Plan de Protección estarán disponibles en el SHyS, en formato pdf en el sitio web www.hys.fcen.uba.ar y serán distribuidos entre los investigadores que hayan solicitado subsidios según conste en los registros de la Secretaría de Investigación. El Plan de Protección consistirá de
  1. RESUMEN DE INVESTIGACION
  2. INFRAESTRUCTURA DE SEGURIDAD
  3. SEGURIDAD QUIMICA
  4. SEGURIDAD BIOLÓGICA
  5. SEGURIDAD RADIOLÓGICA Y LASERES
  6. CERTIFICADO DE ACUERDO
El punto 1 contendrá los datos del investigador y del laboratorio y una reseña de las tareas de investigación a desarrollar, que puede ser el mismo que se ha presentado al solicitar un subsidio. El punto 6 constará de una declaración de compromiso del investigador y de los miembros del laboratorio, que deberá ser firmada por los mismos y refrendada por el Director de Departamento. Las demás secciones del formulario del Plan de Protección sólo serán de aplicación en la medida que el riesgo esté presente dada la actividad que se desarrolla. Si no fuera de aplicación se pondrá en el comienzo de la sección "N/C" o " No Corresponde" y se pasará a la siguiente. El formulario de Plan de Protección está acompañado de Hojas de Datos en las que el investigador puede consultar por temas específicos de las secciones 2 a 5 en caso de duda. También se irán elaborando manuales extensos para cada uno de los riesgos asociados a dichas secciones.

¿Qué deberán hacer los laboratorios de docencia para poder dar clase desde el 2004?

La modalidad de uso de los laboratorios de docencia es distinta de la de los de investigación. Dada la estructura departamental de la FCEN, los laboratorios de docencia son usados para el dictado de distintas materias, en algunos casos entre varios Departamentos. Por lo tanto, si bien los que determinan los tipos de usos, y por lo tanto de riesgos, son los docentes, la responsabilidad maxima del Rector, que luego pasa por el Decano, recae en la FCEN en la persona del Director de Departamento (o Directores según el caso) que tienen asignado el uso del laboratorio. El Director de Departamento deberá presentar un Plan de Protección para cada laboratorio de docencia usando el mismo formulario que se usará para los laboratorios de investigación. El Director de Departamento podrá (y es conveniente que así sea) delegar la confección del Plan de Protección del laboratorio de docencia en personal del Departamento, aunque no puede delegar la responsabilidad que le asigna la estructura administrativa de la FCEN. Varios Departamentos de la Facultad ya cuentan con una o mas personas que se encargan del mantenimiento y acondicionamiento de la infraestructura y / o de la compra y preparación de elementos necesarios para las actividades de docencia. Estas personas pueden ser los mejores candidatos para esta actividad, dado que en general conocen en detalle todas las actividades del laboratorio de docencia.

¿Como serán evaluados los Planes de Protección?

El SHyS realizará una clasificación y evaluación preliminar de los planes de protección. Los planes que presenten riesgos especiales serán evaluados por un Comité de Seguridad de la FCEN, presidido por el Director del SHyS y conformado por especialistas en investigación y en higiene y seguridad que cubran las distintas áreas de riesgo. Los planes de protección aprobados tendrán una validez de 5 años, salvo que se modifiquen los riesgos asociados a las actividades del laboratorio.

¿Qué debe hacer cada Responsable de seguridad de un laboratorio una vez que esté aprobado el Plan de Protección ?

Deberá velar por el cumplimiento del mismo y completar el formulario de Denuncia de Incidentes / Accidentes cada vez que se produzca uno en el laboratorio.

¿Cómo se verificará el cumplimiento del Plan de Protección ?

El SHyS podrá realizar inspecciones en los laboratorios, ya sea acordadas o sorpresivas. El SHyS completará un formulario de visita al laboratorio, que deberá ser refrendado por el Responsable del laboratorio.

¿Qué se hará ante incumplimientos del Plan de Protección ?

El SHyS llevará un legajo de cada Investigador Responsable en el que constará el Plan de Protección en vigencia, los formularios de denuncias de Incidentes / Accidentes, los formularios de visitas al laboratorio y la correspondencia intercambiada con el Responsable. La misión del Plan de Protección es educar, concientizar y corregir las malas prácticas tratando de determinar las razones que generan los incidentes de manera que no se produzcan en el futuro. En ese sentido, los incumplimientos se evaluaran teniendo como base dos criterios: a) el grado real o potencial de riesgo generado por el incumplimiento observado, ponderando si el mismo pone en riesgo a terceros o solamente al propio agente involucrado; b) el grado de intencionalidad observado, ponderando si hubiese habido incumplimientos similares anteriores. En el caso de incumplimientos graves, el SHyS estará habilitado para proceder a la inhabilitación inmediata para realizar trabajos experimentales del laboratorio y eventualmente, como medida extrema, el Decano podrá determinar la rescisión del contrato de uso del espacio, lo que genera el cierre definitivo del laboratorio.