Secretaría General
El día 24 de septiembre el
Decano de la FCEN envió la nota que se adjunta al Presidente del CECEN, informándole
que a partir del 1 de octubre de 2004 se procederá a hacer cumplir la
Res. CD 1882/00
, la Ley
19587 (Régimen Nacional de Seguridad e Higiene) y el
Dto 351/79 (Reglamenta ley 19587 y establece normas concretas en la materia).
Esta decisión se basa en las observaciones realizadas por la Superintendencia
de Riesgo de Trabajo (SRT) con
respecto a las vías de evacuación de la Facultad y las vertidas en la
nota del Director del
Servicio de Higiene y Seguridad.
En la sesión del CD del 4/10/2004 el
Presidente del CECEN se manifestó de acuerdo con respetar la legislación
vigente, quedando acordada una reunión entre la Secretaría de Extensión,
Graduados y Bienestar Estudiantil, la Subsecretaría de Hábitat, el Servicio de
Higiene y Seguridad y el CECEN a los efectos de definir los sectores a ser
utilizados para colocar carteles habiltados por la Resol. CD nº 115/99, de
acuerdo con lo establecido por el Art. 2 de la Res CD 1882/00, lo que no podrá
interferir con las vias de evacuación de los pabellones.
Buenos Aires, 24 de septiembre de 2004.-
Sr. Pablo De Cristoforis
Presidente del CECEN
Adjunto a Usted la nota remitida por el Servicio de
Higiene y Seguridad de la Facultad. Le informo que, por las razones de Higiene
y Seguridad que se mencionan en dicha nota, a partir del 1 de octubre de 2004
se procederá a hacer cumplir las normas establecidas para la colocación de
carteles, retirando en forma inmediata aquellos que estén a menos de 3 mts. del
suelo. Confiando en que participarán y colaborarán con esta medida dado el
interés y la preocupación que han manifestado en reiteradas oportunidades por
que la Facultad alcance un óptimo nivel de Higiene y Seguridad.
Lo saludo muy atentamente,
Decano
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales - UBA Ultima actualización: 6 de octubre de 2004 Si desea enviar comentarios o encuentra errores, por favor envíe un e-mail a webmaster@de.fcen.uba.ar |