El Cable Año 11 - Nro. 363 - 1ra. Sección
23 de mayo de 2000

Edicion Electronica del

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			    23 de mayo de 2000
			     Año 11 - Num. 363
			       Primera parte
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        Nos   gustaria   conocer   su   opinion   sobre   este
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***INDICE

	ESTUDIAN UNA REBAJA SALARIAL
	EVALUACIONES Y DERECHO A LA INFORMACION
	TEXTUAL
	CONSEJO DIRECTIVO

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>>>	ESTUDIAN UNA REBAJA SALARIAL

	La medida  forma  parte  de un duro ajuste que intentara reducir en
600 millones el  gasto publico.  El recorte, todavia en estudio, alcanzaria
a las universidades.

	Desde el jueves se hablo insistentemente de la posible renuncia del
ministro de Economia, Jose Luis  Machinea,  y  de  su  remplazo por el 'ala
dura' representada por el economista, ahora  ministro  de  Defensa, Ricardo
Lopez Murphy, recordado por proponer insistentemente una rebaja salarial en
el sector publico.

	El fin de semana, el presidente de la Nacion, Fernando de la Rua se
ocupo de respaldar el titular de Hacienda, al tiempo que adelanto un severo
plan  de  ajuste  que  incluiria  rebajas  salariales en las filas  de  los
empleados estatales, incluyendo al Poder Judicial y las Universidades.  

	La  rebaja  de  sueldos  se instrumentaria mediante una suba de los
aportes  jubilatorios  de    los    empleados  que  permitiria  rebajar  la
participacion del Tesoro en ese rubro.

	La rebaja salarial ha  sido  la obsesion dominante de los gobiernos
en los ultimos años.   En  1995,  Carlos  Menem firmo el decreto 290 con el
cual pretendio reducir los salarios superiores  a  $2000.  La medida genero
una catarata de presentaciones judiciales que obligaron  al  expresidente a
dejar sin efecto la iniciativa.

	Para  evitar  previsibles  amparos  judiciales, el equipo economico
plantea la reduccion como un incremento de las cargas personales al sistema
de seguridad social, con lo cual no se modificara el  salario  bruto de los
trabajadores.

	Pero aun cuando esta medida prosperara, el gobierno debe evitar que
esos fondos emigren a las cuentas de jubilacion de cada empleado, hecho que
no contribuiria a reducir el deficit fiscal. 

	Por esta razon, el aumento de las cargas sociales seria considerado
como una contribucion extraordinaria al sistema de seguridad social.

C.B.


>>>	EVALUACIONES Y DERECHO A LA INFORMACION

	A  fines del  año  pasado  se  promulgo  la  Ley  25.200  que  hace
referencia  a  la  obligatoriedad    de  informar  sobre  las  evaluaciones
academicas y cientificas. 

	Impulsada desde los sectores gremiales  con  el  objetivo de "darle
una mayor transparencia a las instancias  evaluativas",  la ley dio lugar a
un extenso debate entre miembros de la comunidad cientifica.

	Si bien nadie se opuso a la necesidad de transparencia y el derecho
de conocer los argumentos del comite de pares, surgieron discrepancias a la
hora  de  evaluar los mecanismos y especialmente se cuestiono  el  articulo
3ro.  que obliga a las instituciones a dar a  conocer  los  nombres  de los
evaluadores.

	"Es  dificil prever sus efectos:  por un lado puede conducir  a  un
estado  de  aura  mediocritas porque nadie se anime a decir nada de  nadie.
Pero por otro evita acciones arbitrarias o discriminatorias amparadas en la
impunidad que da  el  anonimato", sostuvo Patricio Garrahan, profesor de la
Fac.  de Farmacia y Bioquimica.


	Desde hace decadas el  juicio  de  pares -colegas que comparten una
misma disciplina- es una de  las  practicas  mas extendidas en los procesos
evaluatorios en el ambito cientifico.

	En el numero 33 de la  revista  "Ciencia  Hoy" se destacaba que "el
buen funcionamiento del juicio de los pares requiere que los evaluadores no
actuen influidos por sus intereses personales, por su  ideologia politica o
por  las  presiones  de los evaluados".  Y que  en  muchos  ocasiones  este
proceso  evaluatorio  sufre  diversos  tipos  de distorsiones, que "no solo
pueden  conducir  a  injusticias para con las personas;  tambien tienden  a
consolidar desigualdades del desarrollo relativo de disciplinas o regiones,
y a promover una  investigacion rutinaria y repetitiva, todo lo cual afecta
negativamente al quehacer cientifico".

Entre ellas, la editorial mencionaba:

	*   Favorecer  a  grupos  de    investigacion    consolidados,    a
	investigaciones disciplinarias y a temas de  moda, en detrimento de
	grupos    con    poco    tiempo    de    constituidos,  de    temas
	interdisciplinarios  o    de    investigaciones   sobre  cuestiones
	importantes pero que no gozan del reconocimiento general.

	* Discriminar contra  integrantes  subrepresentados de la comunidad
	cientifica.  En algunos  paises,  esto  alude  a mujeres y minorias
	etnicas;  en la Argentina,  es  probable  que  se  aplique  a areas
	geograficas distantes de los centros de  decision  o  a disciplinas
	con escasa tradicion.

	* Proceder con arbitrariedad.  En los Estados Unidos, el 30% de los
	resultados  de  una  evaluacion  se  modifican  si  se   cambia  el
	evaluador.  Contribuyen a valoraciones arbitrarias cierta tendencia
	a preferir la  forma  de  presentacion  por  sobre la calidad, y la
	influencia por la adhesion a determinada corriente de opinion sobre
	un  tema  cientifico,  beneficiando  solo    a   quienes  comparten
	determinados criterios.

	* Evaluar la produccion de un  cientifico  solo aplicando criterios
	cuantitativos, sin considerar su calidad.

	Si bien la editorial remarcaba que estas  distorsiones se exacerban
cuando hay poco dinero con relacion al numero  de  cientificos valiosos que
aspiran  a  recibir financiacion, consideraba crucial (sino para evitarlas,
por lo menos para disminuirlas) que todos los procedimientos "se realicen a
la luz del dia", y que los interesados pudiesen conocer las  instancias del
juicio.

	Luis Quesada  Allue,  investigador del Instituto de Investigaciones
Bioquimicas, señalo como una "aberracion" que sea obligatorio dar a conocer
el nombre de los  evaluadores.   "En un pais como el nuestro, con sistemas
penetrados por los deshonestos, con  larga  tradicion de inmoralidades y de
comportamiento de 'bandas' y de actitudes  de  venganza,  la  mayoria  va a
tener miedo de evaluar objetivamente", opino el investigador.

	Para  Quesada  "si  lo  que  se  quiere son evaluaciones honestas y
justas hay  que  buscar  evaluadores que hayan demostrado en los hechos que
son eticos y objetivos, eliminar a quienes ostentosamente no lo hayan sido,
aunque sean muchos, y  -de  todas  maneras-  mantener  la  personalidad del
evaluador anonima".

	Un gran riesgo -segun Quesada-  es  que  finalmente  el miedo a las
represalias  termine intimidando a los evaluadores  y  favoreciendo  a  los
intereses de los antidemocraticos.  Esto daria  lugar  a  un  aumento de la
retraccion  a  participar  y se haria cada vez  mas  dificultoso  conseguir
evaluadores en el pais.

	"En el caso de la FCEyN, la ley no  aporta  nada  nuevo  ya  que el
Reglamento de Concursos para Profesores, como el correspondiente a toda  la
planta docente, preven que cada jurado debe firmar su dictamen y  que  este
sea publico.  Mas aun, no solo debe ser publico, sino que ademas se hace en
presencia  de  los  veedores  y, en caso de conflicto, el Consejo Directivo
puede solicitar una ampliacion de dictamen" explica Cecile Du Mortier, Sec.
Academica (Adj) de la FCEyN.

	Con  una  acabada   experiencia  en  la  realizacion  de  concursos
democraticos desde la normalizacion  universitaria,  Du  Mortier aclara que
"la publicidad del proceso de  un concurso garantiza su transparencia, pero
habria que ver cuales son las  analogias y las diferencias de los concursos
docentes  con  los  concursos  para becas o  para  financiar  proyectos  de
investigacion.  Tal vez, lo que sea bueno en un caso no lo es en otro"

F.D. - C.B.


***	Ley 25.200

	Art.  1.    Los  criterios, resultados y argumentos que fundamentan
	las  calificaciones y clasificaciones  de  los  resultados  de  los
	concursos  o  instancias de evaluacion  de  los  docentes,  de  los
	investigadores,   becarios  y  personal  tecnico  de    apoyo    de
	instituciones  publicas de educacion superior y de  organismos  del
	sistema nacional de ciencia y tecnologia, deberan ser  informados a
	la persona evaluada por la institucion evaluadora.

	Art.  2.  Toda persona podra tomar conocimiento de la informacion a
	ella   referida  proveniente  de  los  concursos  o  instancias  de
	evaluacion que  la  efectuan,  que  consten en registros o archivos
	publicos o privados  y, en caso de probada falsedad, discriminacion
	o error, exigir la  supresion,  rectificacion,  confidencialidad  o
	actualizacion de la misma y  la  cancelacion  de  sus  efectos,  en
	especial  cuando  los  resultados  de  la   evaluacion  afecten  su
	condicion economica, profesional o moral.

	Art.  3.  Todas las personas  evaluadas tendran derecho a solicitar
	los  nombres  de  los jurados que los evaluaron,  no  pudiendo  las
	instituciones negarles esa informacion.

	Art.    4.  Cada institucion reglamentara en el  marco  de  la  Ley
	19.549  las  instancias,  plazos  y mecanismos para que el evaluado
	pueda  interponer  el  recurso   administrativo  correspondiente  o
	impugnar los resultados de la  evaluacion  con  suficiente  plazo y
	fundamento.

	Art.  5.  Toda recurrencia  administrativa o impugnacion implicara,
	hasta  tanto las instancias pertinentes resuelvan al  respecto,  el
	sostenimiento de la situacion anterior al diferendo.


>>>	TEXTUAL

	"Es importante comprender que los cientificos e investigadores  son
	trabajadores,  en  su  mayoria con bajas remuneraciones, no acordes
	con  el  valor  de su aporte a la comunidad y  con  su  rigurosa  y
	necesaria formacion profesional".

	Ricardo  Ferraro  y  Carlos  Alvarez,  Coordinador    del  Programa
Conocimiento y Sociedad y Vicepresidente de la  Nacion  respectivamente, en
la seccion Opinion de la edicion del 22 de mayo del matutino Clarin.


/////////////////////////// CONSEJO DIRECTIVO \\\\\\\\\\\\\\\\\\\\\\\\\\\\\

>>>	CALENDARIO ACADEMICO

	Fin del primer cuatrimestre: 8 de julio

	Segundo cuatrimestre: 14 de agosto al 2 de diciembre

	Receso invernal: 17 al 28 de julio

	Examenes de julio/agosto: 13 y 14 de julio; 1 y 2 de agosto;
				  10 y 11 de agosto.

	Examenes de septiembre:
		Inscripcion: 28 de agosto al 1ro. de septiembre.
		Examenes: 4 al 8 de septiembre.

	Examenes de octubre:
		Inscripcion: 9 al 13 de octubre.
		Examenes: 16 al 20 de octubre.

	Examenes de diciembre: 6 y 7 de diciembre; 14 y 15 de diciembre;
			       21 y 22 de diciembre.

	Feriados:
		Jueves 25 de mayo.
		Sabado 10 de junio
		Lunes 19 de junio (por el 20 de junio)
		Lunes 21 de agosto (por el 17 de agosto)
		Lunes 16 de octubre (por el 12 de octubre)
		Viernes 8 de diciembre
		Lunes 25 de diciembre.


>>>	BREVES DEL CONSEJO

*	Sebastian  Torrella,  hasta  ahora  representante  suplente  en  el
	Consejo  Departamental, Claustro de Estudiantes del Departamento de
	Ciencias Biologicas,  sera  incorporado  como  miembro  titular  en
	remplazo de Emiliano Gonzalez Portino, quien renuncio a su cargo.


    ********** FIN DE LA PRIMERA PARTE DEL CABLE ELECTRONICO **********
    ********** CONTINUA EN 2DA. PARTE DEL CABLE ELECTRONICO  **********

      

SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN
TEL: 4576-3337/3399 - E-MAIL: comunicacion@de.fcen.uba.ar
FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES
UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES