Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
Consejo Directivo - Sesión del 29/3/2004

13.Resoluciones Consejo Superior (Tomar Conocimiento)
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13.1  Exp. nº 00476451 0006 24/03/2004     Llegada: 24/03/2004                                       

 Iniciador: Gallinar, Eugenio Ricardo                                                                     
 Dependencia: UBA - Consejo Superior y Despacho                                                           
 Extracto del expediente:                                                                                 
 ELECCIONES: Por nota Nº 73514 remite copia legalizada de la resolución (CS)                              
 Nº 2555/04 por la cual se convoca a los representantes de los claustros de                               
 graduados y de estudiantes ante los Consejos Directivos de las Facultades                                
 elegidos en octubre de 2003 a participar de las Asambleas especiales, al                                 
 único efecto de realizar la elección de los representantes de cada uno de                                
 esos claustros ante el Consejo Superior. *                                                               
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         13.1.1  Resolución Consejo Superior nº 2555  17/03/2004                                            

          Art.1: Convocar  a los representantes de los claustros de                                       
          graduados y de estudiantes ante los CD de las Facultades de esta                                
          Universidad elegidos en octubre 2003 a participar en Asambleas                                  
          especiales con el  objeto de realizar la elección de los                                        
          representantes de cada uno de esos claustros ante el CS de                                      
          conformidad con lo dispuesto por los Art. 93 a 96 del Estatuto                                  
          Universitario.  Art.2: En dichas Asambleas respectivas se elegiran                              
          5 consejeros titulares y 5 suplentes adjudicándose la                                           
          representación según lo establecido en el artículo 96 del Estatuto                              
          Universitario. Art.3: Participarán en las Asambleas a que hace                                  
          referencia el artículo 1º de la presente, todos los consejeros                                  
          titulares o suplentes, en su caso, electos en las elecciones                                    
          llevadas a cabo para la renovación de los CD de c/u de las                                      
          Facultades. Las Asambleas se constituirán con los representantes                                
          presentes al momento de iniciarse. En caso de ausencia de los                                   
          titulares los reemplazarán los suplentes por orden de lista.                                    
          Art.4:   Para ser candidato a consejero superior en representación                              
          de los claustros, es necesario estar incluído en el padrón                                      
          respectivo de esta Universidad y reuinir las condiciones                                        
          establecidas en el Art. 119 del Estatuto Universitario. Art.5:                                  
          Las listas de candidatos con la mención de los representantes                                   
          titulares y suplentes, deben ser propuestas por al menos 1                                      
          asambleísta y presentadas para su oficialización en la Secretaría                               
          General de la Universidad, 5 días hábiles antes de la fecha                                     
          establecida para la reunión de la Asamblea. Las listas  contendrán                              
          la firma y el Nº de DNI de los candidatos indicando en cada caso                                
          la Unidad Académica  a la que pertenecen. Cada lista designará un                               
          apoderado que deberá constituir su domicilio e indicar el nº de                                 
          tel. y dirección de correo electrónico. Las listas deberán                                      
          oficializarse 2 días hábiles antes de la fecha establecida para la                              
          reunión de la Asamblea. Art.6:  Las asambleas serán presididas por                              
          el Rector y actuará como Secretario de ellas el Secretario General                              
          de la Universidad o quien lo reemplace. El Rector o quien lo                                    
          reemplace será la única autoridad  electoral. Art.8: Previo a la                                
          iniciación de las Asambleas, la Secretaría procederá a verificar                                
          los títulos e identidad de los asambleístas, quienes deberán                                    
          concurrir provistos de la acreditación que extenderán los Decanos                               
          de las Facultades respectivas. Art.9: Para proceder a la votación,                              
          los asamblístas serán convocados por orden alfabético de sus                                    
          apellidos, y les será entregado un sobre rotulado con su nombre                                 
          para emitir su sufragio de manera secreta, depositándolo en una                                 
          urna.  El escrutinio tendrá lugar una vez emitido el último voto.                               
          CComo último acto de la Asamblea se abrirán los sobres y se leerán                              
          el rótulo y el contenido de c/u de manera pública y se realizará                                
          el escrutinio final. Art.10:   A los fines del acto electoral                                   
          serán considerados votos válidos los positivos y los votos en                                   
          blanco, con la exclusión de los votos anulados, de conformidad con                              
          lo establecido en los arts. 26 y 27 de la Res. CS Nº 1702/03.                                   
          Art.11: Una vez finalizado el escrutinio y determinado el número                                
          de votos obtenidos por c/u de las listas,  el Rector procederá a                                
          proclamar a los consejeros electos. En el momento se asumir su                                  
          representación ante el CS, los consejeros electos deberá dar                                    
          estricto  cumplimiento a lo prescripto en la Res. CS Nº 1210/03.                                
          El Acta del comicio será dada a publicidad por intermedio de la                                 
          página web de esta Universidad. Art.12:   Las Asambleas a que hace                              
          referencia el art.1º de la presente  se realizarán en el Colegio                                
          Nac. de Bs. As. en las fechas y horarios que se indican: Claustro                               
          de Graduados: 20/4/04 a las 9:30hs.  Claustro de Estudiantes:                                   
          20/4/04 a las 9:30 hs.  Una vez oficializadas, las listas serán                                 
          publicadas en la página web de esta Universidad. El plazo para la                               
          presentación de listas es el 13/4/04 a las 11 hs. y para la                                     
          oficialización el 16/4/04 a las 11 hs.  Art.13: Dejar establecido                               
          que las disposiciones precedentes  tienen carácter permanente para                              
          los 3 Claustros con excepción de las previstas en los art. 1º y                                 
          12º .                                                                                           
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Ultima actualización: 29 de marzo del año 2004

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